El privilegio se define como el “favor especial con que la Ley mira ciertos créditos”. Ello implica que, el favorecido cobrará con antelación a los demás. La reforma concursal limitó los privilegios, lo cual en su momento fue bien recibido. No obstante, en la actualidad, de aprobarse algunas normas, surgirán nuevos que favorecen al Estado en su capacidad de recupero, en detrimento del acreedor común.
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