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Nº 25 / Beneficios para la consulta de balances y reportes financieros


LIDECO está promocionando con costos bonificados, la consulta de estados contables y de reportes financieros. Rogamos a los interesados consultar a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para ampliar información, así como también para coordinar una demostración (sin costo) del funcionamiento de nuestra redlideco.

LIDECO está promocionando con costos bonificados, la consulta de estados contables y de reportes financieros. Rogamos a los interesados consultar a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para ampliar información, así como también para coordinar una demostración (sin costo) del funcionamiento de nuestra redlideco.

En poco tiempo más, las sociedades –cualquiera sea su forma -  que estando obligadas a registrar sus estados contables ante al AIN incumplan con ese mandato, serán pasibles de sanción. Veamos cuáles son las sociedades obligadas y cuál la sanción.

Las sociedades obligadas a registrar sus estados contables son aquellas que al cierre de su ejercicio cumplan con dos condiciones:

1. Activos totales mayores a 30.000 UR (unidades reajustables) y/o
2. Ingresos operativos netos superiores a 100.000 UR (unidades reajustables)

El valor de la UR será el vigente a la fecha de cierre del ejercicio.

La sanción para las empresas que satisfagan las condiciones arriba expuestas, no cumplan con registrar sus estados contables en la AIN, es combinada:

1. La sociedad no podrá distribuir utilidades resultantes de la gestión social
2. Sanción de apercibimiento, apercibimiento con publicación y multa
3. Suspensión del certificado único expedido por DGI. Esta sanción deriva de la  ley 18.996 de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2011, que en su art. 313 faculta a 
la DGIa suspender los certificados únicos emitidos por dicho organismo. Esta nueva disposición aplica para los ejercicios cerrados a partir de la entrada en vigencia de la ley 18.996, es decir, desde el 1° de enero de 2013.

Especialmente en función de esta última posibilidad es que prevemos que aumentará considerablemente el aflujo de estados contables en la AIN, lo que nos permitirá mejorar sustantivamente la cantidad y calidad de información financiera disponible en nuestra Central de Balances.

Sabido por todos es que LIDECO ha insistido siempre y en forma recurrente, primero para que se estableciera la obligatoriedad de registrar los estados contables y luego para que se sancionara el incumplimiento de la norma. Ello obedece a que entendemos que los datos financieros son de especial relevancia para la toma de decisiones comerciales, y transparentar esa información no puede sino tener beneficios para la seguridad de la plaza comercial.

Por todo ello y previendo un aumento en el caudal de estados contables, estamos favoreciendo la consulta no solo de los estados contables sino de los reportes financieros de la Central de Balances. Para los estados contables con precios reducidos, y tanto para la consulta de estados contables como de reportes,bonificaciones por cantidad (descuentos que van del 5 al 25%).

Los estados contables son el documento base que puede consultarse en forma independiente. Asimismo, los reportes financieros (reporte empresa individual, reporte comparativo empresas y reporte comparativo sectorial) incluyen los estados contables de las empresas consultadas:

El reporte empresa individual ofrece el análisis financiero de la empresa con la tendencia derivada del análisis de los indicadores de un ejercicio a otro (estructura de financiamiento, cobertura financiera, costo financiero, análisis patrimonial, rentabilidad, márgenes, eficiencia), más todos los estados contables disponibles de la empresa.

El reporte comparativo empresas permite comprar los indicadores de una empresa, con un máximo de 3 empresas, e incluye todos los estados contables disponibles en nuestra base de datos, de la primera empresa que se seleccione en la consulta.

El reporte comparativo sectorial permite comparar los indicadores de una empresa con los de su mismo sector de actividad, e incluye todos los estados disponibles en nuestra base de datos, de la empresa que es comparada con su sector.

Para ampliar información consultar a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Muchas gracias.-

 

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