La Ley 18.387 de Proceso Concursal establece que todos los acreedores de deudor deben pasar por el proceso de verificación de créditos, incluidos los garantizados con prenda o hipoteca y los respaldados por fideicomiso de garantía.
Dr. Fernando Cabrera - Gerente de Servicios Jurídicos de LIDECO
En el ámbito del derecho concursal uruguayo, los mecanismos de garantía, como el fideicomiso de garantía, y los créditos garantizados con prenda o hipoteca, plantean desafíos específicos en cuanto a su tratamiento dentro del procedimiento de verificación de créditos. La Ley N° 18.387 establece un marco normativo que busca equilibrar los intereses de los acreedores, los deudores y la masa activa del concurso, con un énfasis particular en la transparencia y la equidad entre los participantes del proceso. En los parágrafos que siguen, se compartimos un análisis de las implicancias de estos instrumentos en el concurso, haciendo hincapié en la verificación de créditos y el rol del síndico o interventor en este contexto.
1. El Fideicomiso de garantía en el Derecho Concursal.
El fideicomiso de garantía, regulado por la Ley N° 17.703, constituye un contrato mediante el cual el fiduciante transfiere bienes a un fiduciario para garantizar el cumplimiento de una obligación en beneficio de un tercero, denominado beneficiario. Este instrumento es ampliamente utilizado para blindar ciertos bienes, separándolos del patrimonio del fiduciante y destinándolos exclusivamente a la satisfacción del crédito garantizado. En el ámbito del concurso, este mecanismo genera debates respecto a la relación jurídica entre las partes y la necesidad de someter el crédito garantido al proceso de verificación establecido en la Ley N° 18.387.
Naturaleza jurídica del fideicomiso de garantía.
El fideicomiso de garantía no implica la extinción de la obligación principal del deudor (fiduciante) con el acreedor (beneficiario). Por el contrario, establece una relación jurídica accesoria que tiene como único propósito asegurar el cumplimiento de la obligación principal. Esta estructura jurídica permite proteger los bienes fideicomitidos de cualquier reclamación de terceros, salvo del beneficiario del fideicomiso.
La obligación de verificación del crédito garantido.
En el marco de la Ley N° 18.387, todos los acreedores, independientemente de las garantías que respalden sus créditos, están obligados a someter sus créditos al procedimiento de verificación. Este proceso tiene como objetivo garantizar la transparencia y legitimidad de la masa pasiva, evitando posibles abusos o fraudes. En el caso de los créditos garantizados mediante fideicomiso, el beneficiario debe verificar su crédito para preservar sus derechos en el concurso y asegurar la posibilidad de ejecutar la garantía en caso de incumplimiento.
Implicancias del blindaje del patrimonio fiduciario.
El fideicomiso de garantía crea un patrimonio separado que, en principio, no se integra en la masa activa del concurso. Sin embargo, esto no exime al acreedor beneficiario de la obligación de verificar su crédito. La verificación permite confirmar la legitimidad del crédito garantido, asegurando que el blindaje no se utilice como mecanismo para eludir responsabilidades concursales o para legitimar créditos ficticios o que puedan ser objeto de una acción revocatoria.
2. Verificación de créditos garantizados con prenda o hipoteca.
En este apartado recorremos el rol del síndico o interventor en el concurso, las particularidades de los créditos garantizados y la documentación y análisis requeridos en el proceso de verificación.
Rol del Síndico o Interventor en el concurso.
La Ley N° 18.387 introduce la figura del síndico o interventor, quienes desempeñan un papel crucial en la administración y supervisión del concurso. De acuerdo con los artículos 45, 46 y 47 de la ley, su designación dependerá de la naturaleza del concurso y la relación entre activos y pasivos del deudor. El síndico o interventor tiene la responsabilidad de confeccionar la lista de acreedores verificados, indicando para cada crédito aspectos como su fecha, causa, cuantía, vencimiento y garantías, tal como establece el artículo 101.
Particularidades de los Créditos Garantizados.
Los créditos garantizados con prenda o hipoteca, anteriormente considerados como preferentes en el viejo régimen legal, ahora se clasifican como créditos con privilegio especial bajo la Ley N° 18.387. A pesar de esta clasificación, están sujetos a la obligación de verificación en el plazo de 60 días establecido por el artículo 94. Esta obligación aplica a todos los acreedores, sin distinción, asegurando un tratamiento uniforme en el proceso concursal.
Documentación y análisis requeridos.
El síndico o interventor está obligado a exigir a los acreedores la presentación de documentación que permita analizar en detalle cada crédito, más allá de las garantías reales que lo respalden. Esto incluye investigar la causa, cuantía y vencimiento del crédito, así como cualquier otro aspecto relevante para su verificación. La mera presentación de un testimonio notarial de una hipoteca o prenda no es suficiente para cumplir con los requisitos legales.
3. Importancia de la verificación de créditos en los procesos concursales.
La verificación de créditos es una de las instancias más importantes del concurso por cuanto permite formar la masa pasiva y de ésta resultará cuáles serán los créditos del concurso, su legitimidad, su monto y su privilegio. En muchos casos, el deudor ha intentado todos los mecanismos para evitar caer en insolvencia, desde los legítimos hasta aquellos que no lo son, incluyendo intentos de sustraer bienes o inventar acreedores complacientes. La verificación es el proceso que permite identificar la verdadera situación patrimonial del deudor y, en consecuencia, adoptar la solución más conveniente para la mayoría de los acreedores.
4. Conclusión.
La Ley N° 18.387 establece un marco riguroso para la verificación de créditos en el proceso concursal, aplicable tanto a los créditos garantizados con prenda o hipoteca como a aquellos respaldados por fideicomiso de garantía. Este proceso es fundamental para garantizar la transparencia, equidad y legitimidad del concurso, protegiendo los derechos de todos los participantes y asegurando que las garantías no se utilicen para evadir responsabilidades. Es importante destacar que quienes deben pasar por este proceso de verificación son todos los acreedores del deudor. El rol del síndico o interventor es esencial en este contexto, ya que son los encargados de supervisar y validar cada crédito presentado para su verificación.-